
Abogado para quiebra de persona natural en Chile
Tramitamos tu liquidación voluntaria ante el tribunal civil: entregas solo los bienes embargables y, al cierre, todas tus deudas quedan extinguidas. Dura hasta un año y requiere abogado.
- 2 o más deudasvencidas hace más de 90 días, que sumen más de 80 UF
- Hasta 12 mesesde procedimiento simplificado ante el tribunal civil (reforma 2024)
- Sin bienes tambiénsi no hay nada que liquidar, el procedimiento termina y las deudas igual se extinguen
- Deudas extinguidasal cierre, los saldos no pagados quedan extinguidos y se sale de Dicom
Qué incluye nuestro servicio de quiebra personal
Atendemos en todo Chile. Honorarios por escrito en la evaluación gratuita, con pago en cuotas.
- Evaluación honesta: revisamos deudas, juicios y bienes, y te decimos si conviene la quiebra, la renegociación ante la Superintendencia o defenderte en el juicio.
- Preparación de la solicitud: declaraciones juradas de deudas y bienes, certificados y listado de juicios en curso.
- Presentación ante el tribunal civil y solicitud de nominación del liquidador en la Superir.
- Acompañamiento durante el procedimiento: verificación de créditos, incautación, juntas y cuenta final del liquidador.
- Cierre y limpieza: resolución de término y solicitud de eliminación de las morosidades en Dicom y Boletín Comercial.
Qué es la quiebra personal y qué deudas elimina
La ley chilena no habla de "quiebra" para las personas: el nombre legal es liquidación voluntaria de la persona deudora, regulada por la Ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento. Consiste en pedirle a un tribunal civil que declare tu insolvencia, entregar los bienes que sean embargables para que un liquidador los venda y pague a los acreedores, y al terminar el procedimiento los saldos que quedaron sin pagar se extinguen. Ya no se pueden cobrar, ni embargar, ni publicar en Dicom.
Cubre las deudas bancarias, de tarjetas, casas comerciales, créditos automotrices, préstamos entre particulares y deudas ya demandadas. Quedan fuera la pensión de alimentos y las deudas contraídas después de iniciar el procedimiento.
Quién puede declararse en quiebra en Chile
Cuatro requisitos. Si los cumples, la ley no le da al tribunal margen para rechazarla: es un derecho.
- Ser persona natural que no sea contribuyente de primera categoría: trabajador dependiente, independiente con boletas de honorarios, jubilado, cesante o dueña de casa. Las empresas y los contribuyentes de primera categoría tienen su propio procedimiento.
- Dos o más deudas vencidas hace más de 90 días, con distintos acreedores o con el mismo, que en total superen las 80 UF.
- No haber sido notificado de una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor.
- Presentar la solicitud con abogado ante el tribunal civil de tu domicilio, con la lista de deudas, de bienes y de juicios en curso.
Qué bienes se entregan y cuáles no se pueden tocar
La pregunta que más frena a la gente. La respuesta es que se entregan solo los bienes embargables, y la ley protege bastante:
| Se entrega al liquidador | No se puede embargar (se conserva) |
|---|---|
| Vehículos a tu nombre | La cama, la ropa, el comedor y los enseres básicos de la casa |
| Propiedades que no sean tu vivienda familiar | La remuneración hasta 56 UF líquidas; sobre eso, solo el exceso y solo los primeros meses |
| Cuentas de ahorro, inversiones, depósitos | Las herramientas de trabajo hasta 50 UTM |
| Bienes de valor: equipos, joyas, colecciones | Las pensiones y los fondos de la AFP |
La casa que estás pagando: si tiene hipoteca, el banco hipotecario cobra con preferencia sobre ella; en la práctica, si la deuda hipotecaria es mayor que el valor de la casa, al liquidador no le conviene rematarla y suele quedar fuera. Se analiza caso a caso antes de presentar la solicitud.
Bienes de la pareja o de la familia: solo se liquidan bienes que estén a tu nombre. Si estás casado con sociedad conyugal, se revisa qué es común y qué es propio antes de decidir.

Qué pasa si tengo deudas y no tengo bienes
Es el caso más común y la ley lo contempla. Si no hay bienes que liquidar, el liquidador lo informa al tribunal, el procedimiento se cierra por falta de bienes y las deudas se extinguen igual. Es la forma más rápida de terminar: sin remates ni repartos, solo la verificación de acreedores y el cierre.
Lo que sí exige la ley es transparencia: declarar todo, no haber traspasado bienes a terceros en los meses previos ni haber pedido créditos sabiendo que no se iban a pagar. Eso puede llevar a que se objete la solicitud o a responsabilidad penal.

Cómo se tramita la liquidación voluntaria
Evaluación y antecedentes
Revisamos deudas, juicios y bienes, y confirmamos que convenga la quiebra y no la renegociación. Reunimos certificados y las declaraciones juradas.
Solicitud al tribunal y liquidador
Presentamos la solicitud ante el tribunal civil y pedimos a la Superintendencia la nominación del liquidador. El tribunal dicta la resolución de liquidación.
Efectos inmediatos
Se suspenden los juicios de cobranza y los embargos, se publica en el Boletín Concursal y los acreedores tienen 30 días para verificar sus créditos.
Incautación, remate y cierre
El liquidador retira y vende los bienes embargables, reparte los fondos y presenta la cuenta final. El tribunal declara el término y las deudas restantes quedan extinguidas.
Cuánto dura y qué consecuencias tiene
Duración. Con la reforma vigente desde 2024, el procedimiento simplificado para personas puede durar hasta 12 meses. Los estudios que publican su experiencia hablan de seis meses a un año; si no hay bienes, menos.
Durante el procedimiento no puedes administrar tus bienes ni pagar por tu cuenta a ningún acreedor, y no puedes abrir cuentas corrientes ni pedir créditos.
Después, las deudas quedan extinguidas y se pide la eliminación de las morosidades en Dicom y el Boletín Comercial. Se puede volver a solicitar una quiebra pasados cinco años.
Cuándo conviene la quiebra y cuándo la renegociación
| Conviene la quiebra (liquidación) | Conviene renegociar |
|---|---|
| Las deudas superan con mucho lo que podrías pagar aunque te dieran plazo. | Tienes ingresos estables y podrías pagar con cuotas más bajas o más largas. |
| No tienes bienes, o los que tienes valen menos que la deuda. | Tienes casa o auto que quieres conservar. |
| Ya te demandaron y hay embargos en curso. | Todavía no hay demandas, o son pocas. |
| Quieres cerrar el problema en un año y empezar de cero. | La renegociación es gratuita ante la Superintendencia; la explicamos en defensa de deudores. |

Cuánto cuesta declararse en quiebra
La liquidación voluntaria requiere abogado. Los estudios que publican precios en Chile parten desde $1.000.000 por el trámite completo, con duración de un año. Nuestros honorarios se informan por escrito en la evaluación gratuita, según la cantidad de acreedores, juicios en curso y bienes, y se pueden pagar en cuotas. Si por ingresos calificas para la Corporación de Asistencia Judicial, te lo diremos.
Lo que más se pregunta
¿Qué pasa si tengo deudas y no tengo bienes?
Puedes acogerte igual. El procedimiento se cierra por falta de bienes y las deudas se extinguen. Es el caso más rápido.
¿Cuál es la ley que elimina las deudas?
La Ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, conocida como ley de quiebras, reformada en 2023. Para personas contempla la renegociación y la liquidación voluntaria.
¿Cuáles son las desventajas de la ley de quiebras?
Se pierden los bienes embargables, durante el procedimiento no se administra el patrimonio ni se accede a crédito, y queda registro en el Boletín Concursal. Por eso primero se evalúa si conviene renegociar.
¿Pierdo mi casa si me declaro en quiebra?
Depende. Si está hipotecada y la deuda supera su valor, en la práctica suele quedar fuera. Si está pagada y no es inembargable, sí se liquida. Se revisa antes de presentar nada.
¿Cuánto tiempo dura una quiebra personal en Chile?
Hasta 12 meses con el procedimiento simplificado. Sin bienes que liquidar, bastante menos.
¿Necesito abogado para declararme en quiebra?
Sí. La solicitud se presenta ante un tribunal civil con patrocinio de abogado. La renegociación, en cambio, se hace sin abogado ante la Superintendencia.
¿Me pueden seguir cobrando durante el proceso?
No. Desde la resolución de liquidación se suspenden los juicios y embargos, y las cobranzas deben dirigirse al liquidador.
Si tu situación es distinta

Cuéntanos cuánto debes y a quién, y te diremos qué salida legal corresponde
Revisamos tus deudas, demandas y bienes sin costo. Te explicamos si corresponde renegociar, liquidar o defenderte en juicio, con plazos y honorarios por escrito antes de que decidas.